Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones niega tajantemente acusaciones subjetivas y dañinas

La gerente regional de Transportes y Comunicaciones, negó tajantemente las acusaciones de algunos transportistas de taxis, que la señalan de no tener capacidad moral y académica, por aplicar el reglamento nacional de transporte y sus modificatorias.

“Esta gestión se rige con transparencia y conduce estrictamente por la Ley del Transporte N° 27181 y sus diversos reglamentos y normas que nos permiten fiscalizar y controlar el transporte en carretera. Especialmente el D. S. N° 017-2009 de Administración al Transporte Terrestre – RENAT y el N° 058-2003 de las condiciones técnicas de los vehículos”, dijo.

Agregó, que cualquier ciudadano tiene derecho a ejercer su reclamo pero sin denigrar a las autoridades ni acusar subjetivamente, ya que todos tienen derecho a la presunción de inocencia, así hayan documentos que presuman lo contrario, porque en un proceso administrativo o judicial se puede dilucidarlos.

Explicó, que la competencia de supervisión y fiscalización al transporte regional está enmarcado en el RENAT, Sección Quinta Régimen de Fiscalización, Infracciones y Sanciones Título I Disposiciones Generales Capítulo I “La Fiscalización”, Artículo 90.- Competencia exclusiva de la fiscalización. En concordancia con la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867.

Esta ley, señala en su Artículo 56.- Funciones en materia de transportes, parágrafo G) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con los gobiernos locales. Además, de ser competencias compartidas, en base al artículo 36 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783.

“En este contexto, al vehículo sin autorización y comprobado que está haciendo servicio público dentro de la región, se le levanta una acta, y aplica la multa con código F1 – 1UIT en base al D.S. N° 063-2010-MTC y N° 005- 2016 –MTC, “Prestar servicio de transporte de personas, mercancías o mixto, sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente o en una modalidad o ámbito diferente al autorizado”, con medida preventiva de “retención de licencia de conducir e internamiento del vehículo”, detalló la gerente.

Dijo, que en ningún momento se negó a responder a las autoridades, posiblemente exista una demora, debido a la situación de pandemia que vivimos, pero los documentos obran en los archivos y a cualquier autoridad o ciudadano que lo solicite se la otorgamos. El trato administrativo es para todos igual, y a nadie obligamos a desconocer las normas y reglamentos, menos a los servidores públicos.

Con respecto a posibles contrataciones con favorecimientos, expresó, estar llana a las investigaciones pertinentes, las puertas de mi despacho están abiertas todos los días, y de manera transparente brindaremos los expedientes que deseen analizar, estudiar o comprobar su veracidad.

Refirió, que podría decir, que los firmantes no tienen calidad moral porque siendo dirigentes transportistas, como conductores dejan mucho que desear debido a que cuentan con sanciones administrativas y pecuniarias, al vulnerar el reglamento nacional de tránsito. O representar a una asociación de baja.

“Es los casos de Jorge Oswaldo Villanueva Quispe y Leoncio Blas Reyes, que tienen multas, o deslegitimar al representante de la Asociación de Transportistas Región La Libertad – ASTRELL, Carlos Manuel Guerra Alva, la cual es una asociación que ya está con Baja de Oficio en la Sunat, pero no lo haré, ya que tienen derecho a pasar por un proceso en su defensa”, puntualizó.