
El Ejecutivo publicó este jueves en las normas legales del diario oficial El Peruano el Decreto Supremo 084-2016, en el cual establece los límites para la contratación de los empleados de confianza.
Según señala la norma, todas las entidades públicas pueden contratar a estos trabajadores siempre y cuando no excedan del 5% del total de su planilla.
Cabe precisar que este 5% no debe representar a más de 50 personas.
También refiere que se entenderá que el término de “cargo de confianza técnico o político” comprende al directivo superior, el ejecutivo, el especialista, y el personal de apoyo.
La norma también indica que las disposiciones de este decreto se aplicarán en tanto se implemente la Ley del Servicio Civil.





